5 CLAVES PARA ENTENDER EL DESPIDO

Mucha gente tiene dudas cuando se presenta un despido: 

¿Si no estoy de acuerdo, cómo he de proceder? ¿Tendré derecho a paro, y a finiquito?
Las vacaciones no disfrutadas ¿Las he de disfrutar o me las pagan? 

Lo cierto es que no se puede dar una única respuesta, dado que todo dependerá del tipo de despido, pero comencemos por definir el término en cuestión. 



1. ¿QUÉ ES UN DESPIDO?

Cuando hablamos de un despido nos referimos a la extinción del contrato de trabajo por voluntad del empresario. En el Estatuto de los Trabajadores se contemplan, más detalladamente, los casos en los que se extingue el contrato de trabajo por voluntad del empresario:
  • Despido disciplinario, que puede darse por una de las causas que se contemplan en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. 
  • Despido colectivo o expediente de regulación de empleo
  • Despido objetivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas

Es importante recordar que el despido necesita una causa legal justificada y ha de cumplir una serie de requisitos para que produzca efectos. Por lo que, el empresario deberá de comunicar el despido por escrito, justificando la causa de éste y posteriormente, comunicar la baja a la Tesorería General de Seguridad Social (TGSS). 


2. ¿QUÉ EFECTOS PRODUCE EL DESPIDO?

La extinción de la relación laboral hace que finalice las obligaciones principales de ambas partes: la prestación de servicios y la remuneración.  Además, el trabajador, al dejar de estar en activo,  puede pedir la prestación de desempleo, siempre y cuando tenga un tiempo determinado cotizado y no se extinga de manera voluntaria.

En ocasiones, ya finalizado el contrato, el trabajador debe de cumplir con algunas obligaciones siempre que se hayan fijado en el contrato de trabajo, como es no trabajar en una empresa de la competencia o la obligación de no revelar secretos.


3. ¿QUÉ COBRO CUANDO ME DESPIDEN?

Cuando finaliza la relación laboral se puede percibir indemnización y finiquito, en función de las causas de despido: 

La indemnización por despido es un derecho de todos los trabajadores y se refiere a la cantidad de dinero que ha de pagar el empresario por la extinción del contrato antes del periodo establecido, que se da por el despido improcedente u objetivo. Para poder calcularlo se debe de atender a las causas del despido, el salario y la antigüedad del trabajador en la empresa.

La indemnización es de 20 días por año trabajado, de salario bruto, con un máximo de 12 mensualidades (en el caso del despido objetivo), y de 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente. 

El finiquito es el sueldo correspondiente a los días trabajados en ese mes y la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas. 


4. ¿QUÉ PUEDO HACER SI NO ESTOY DE ACUERDO CON EL DESPIDO?

El trabajador tiene derecho a impugnar el despido si no está de acuerdo con la causa alegada, y el juez podrá determinar si el despido es procedente, improcedente o nulo.  

Para ello, se deberá de presentar una papeleta de conciliación dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de despido al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).  exponiendo las causas de impugnación, para posteriormente celebrar un acto de conciliación. Si éste finaliza sin acuerdo, podrá dirigirse a la jurisdicción social para interponer una demanda.


5. ¿TENGO DERECHO A COBRAR EL PARO?

Sí, el trabajador en el momento del despido pasa a estar en situación legal de desempleo, y tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo siempre que cumpla con los requisitos que exige la Ley General de la Seguridad Social (LGSS): 

  • Estar afiliado a la Seguridad Social
  • Haber cotizado un periodo mínimo dentro de los 6 años anteriores
  • Estar inscrito como demandante de empleo
  • Encontrarse en situación legal de desempleo

Para ello deberá de solicitar el desempleo e inscribirse como demandante de empleo dentro de los 15 días siguientes del despido, presentando la carta de despido para justificar que se encuentra en situación legal de desempleo. 


En conclusión, el despido es una forma de extinción del contrato de trabajo a voluntad del empleador, que deberá de estar justificado por una de las causas que contempla la ley, y que podrá ser impugnado ante la jurisdicción social. Esta finalización de la relación laboral supondrá la situación de desempleo, por la que se tendrá derecho a percibir la prestación por tal condición, además de percibir unas cantidades del empresario, que irán en función del tipo de despido y de la situación del empleado. 



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